Ministerio del trabajo aclara que el empleador debe otorgar día de la familia hastaque implemente totalmente jornada laboral de 42 horas semanales

Mediante el concepto 65603 del 28 de diciembre de 2023, el Ministerio del Trabajo aclara que, en virtud de las modificaciones normativas introducidas por la Ley 2101 del 2021, se han generado cambios sustanciales en las obligaciones del empleador en relación con la jornada laboral.

La Ley 2101 de 2021, en su artículo 6°, exime al empleador que implemente la jornada de 42 horas semanales, de otorgar la jornada laboral semestral para actividades familiares (conocido como día de la familia), así como de dedicar dos horas semanales a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación. Sin embargo, la exoneración entrará a regir una vez terminado el período de implementación gradual de la reducción de la jornada, según lo establecido en el parágrafo final del artículo indicado. En otras palabras, solo hasta que la jornada se haya disminuido a 42 horas, no será obligación otorgar el día de la familia y las dos horas semanales de jornadas de recreación o capacitación, siendo esta última aplicable a empresas con más de 50 empleados. 

Es crucial destacar, que la disposición normativa establece únicamente la opción de ajustar proporcionalmente la jornada destinada a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación, de manera consensuada entre las partes, hasta que se complete la implementación total de la reducción de la jornada laboral. Sin embargo, es importante señalar que esta flexibilidad no se extiende a la jornada dedicada a la familia, pues la norma no admite ajuste proporcional, requiriendo que se otorgue la jornada de la familia, conforme al del Artículo 3º de la Ley 1857 de 2017. 

Por ende, es imperativo que,  hasta que se concluya el tiempo de implementación gradual, el empleador debe otorgar la jornada de la familia en los términos de la ley, es decir, una jornada semestral. Este aspecto ha sido precisado para garantizar el cumplimiento adecuado de las disposiciones legales.

Desde Jurídica Abogados y Consultores S.A.S. extendemos la invitación a los empleadores, a tomar en consideración este aspecto que ha sido precisado por el Ministerio del Trabajo, para garantizar el cumplimiento adecuado de las disposiciones legales.

Maylen Elisa Lopez Ramos

Abogada del área de asesorías corporativas