![](https://juridicaabogados.com.co/wp-content/uploads/2022/12/planilla-integrada-liquidacion-aportes-pila.jpg)
El ministerio de la protección social con el fin de garantizar el pago integral y oportuno de los aportes al sistema integral de la seguridad social, emitió el pasado 20 de octubre de 2022 la Resolución 2012, mediante la cual implementó cambios importantes en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, teniendo en cuenta que, el Decreto 768 de 2022, actualizó la tabla de clasificación de actividades económicas para el SGRL, razón por la cual, se hace necesario adicionar el campo «actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales», y otros aspectos. La mencionada resolución entra en vigor desde el 01 de diciembre de 2022. A continuación, resaltamos los principales cambios que contempla dicha resolución.
- Reporte de novedad de retiro y novedad de ausentismo.
Cuando un cotizante reporta una novedad de retiro y además presenta para el mismo periodo alguna novedad de ausentismo, la novedad de retiro deberá reportarse en una línea diferente de las novedades de ausentismo.
- Validaciones para aprendices SENA.
Los aprendices en etapa lectiva (cotizante 12) o en etapa productiva (cotizante 19) deberán estar registrados en la base de datos del SENA, para poder ser reportados en la PILA, en caso de que el aprendiz no se encuentra relacionado en ella, no se podrá hacer uso de estos tipos de cotizante.
- Validaciones para personas no obligados a cotizar a pensiones por edad o con requisitos cumplidos para pensión.
A partir del 1 de diciembre de 2022, si en PILA se reportan personas como no obligados a cotizar a pensiones por edad (subtipo de cotizante 03) o con requisitos cumplidos para pensión, para indemnización sustitutiva o devolución de saldos (subtipo de cotizante 04), es importante que no se encuentren relacionados en el archivo que será remitido a los operadores de Información, de lo contrario, no se podrán reportar con estos subtipos de cotizantes en PILA y obligatoriamente tendrán que cotizar a pensión, para actualizar o verificar la información se debe contactar a la UGPP.
- Se adiciona el campo Actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales.
Se adiciona un nuevo campo en la PILA en el que se deberá reportar el código de la actividad económica para el Sistema General de Riesgos Laborales, para cada cotizante que esté realizando aportes a riesgos laborales. Este código es asignado por la ARL y deberá coincidir con la tabla de actividades definidas en el Decreto 768 de 2022.
Dicha modificación no aplica para los trabadores independientes afiliados voluntariamente al Sistema de Riesgos Laborales.
Los invitamos a leer nuestro artículo sobre la actualización de actividades económicas en: https://juridicaabogados.com.co/actualizacion-de-actividades-economicas-para-el-sistema-de-gestion-en-riesgos-laborales/.
- Pago de intereses por mora en planilla tipo O para pagos de saldos de beneficios tributarios.
El pago únicamente de intereses por mora se podrá realizar en el indicador 12 en la planilla tipo “O”, para los subsistemas diferentes a pensión a los aportantes que la UGPP les indique el valor a pagar de acuerdo con el saldo del beneficio que deba a dicha entidad.
De manera que, de conformidad con la resolución 2012 del 2022, se les asignaron nuevas obligaciones a los empleadores, para efectos de garantizar los derechos de los colaboradores y, en consecuencia, sea el mismo sistema quien asuma todas las prestaciones derivadas de la actividad laboral desempeñada.
Finalmente, desde Jurídica Abogados y Consultores S.A.S., extendemos la invitación a los empleadores, a conocer de forma oportuna las modificaciones que se realizan en materia de aportes al Sistema Integral de Seguridad Social, con el fin de dar cumplimiento estricto a sus obligaciones y no generar reprocesos a la hora de realizar el pago de los aportes, y al mismo tiempo evitar que se presenten irregularidades.
![](https://juridicaabogados.com.co/wp-content/uploads/2022/11/Mayra-Naranjo.jpg)
Mayra Alzamora.
Abogada Jurídica A&C